martes, 29 de junio de 2010

Firmado un nuevo convenio para el Comercio de la Provincia de Huesca para el periodo de 2010 a 2012

Tras varios meses de negociación y en una situación difícil por la crisis, el día 28 de junio de 2010, hemos firmado un nuevo convenio para el Comercio de la Provincia de Huesca para el periodo de 2010 a 2012, la valoración realizada por CC.OO. y sobre todo por las personas que han asistido a las reuniones de negociación, ha sido positiva puesto que se garantiza el poder adquisitivo de los salarios en el conjunto de los años de convenio y se han introducido pequeñas modificaciones en el texto que lo mejoran, de forma que el convenio no pierde ningún derecho y está pensado para superar la situación actual, los compañeros/as que han asistido son representantes de los trabajadores/as en varias empresas del sector.

A continuación señalamos los cambios que se producen:

VIGENCIA-
3 años del 1 de enero de 2010, a 31 de diciembre de 2012.
JORNADA LABORAL-
Anualmente se elaborará por la empresa el calendario laboral, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro de trabajo.
Para una mejor organización del tiempo de trabajo, tendiendo a una óptima conciliación de la vida familiar y laboral la empresa entregará a los trabajadores/as por escrito el cuadrante horario mensual con 15 días de antelación si se trata de empresas de más de 30 trabajadores, y el cuadrante horario quincenal con 7 días de antelación si se trata de empresas de 30 ó menos trabajadores/as.
Deberá existir un descanso de al menos 12 horas, entre el final de la jornada y el comienzo de la siguiente.

VACACIONES-
El personal de la plantilla que se encuentre en permiso maternal, o paternal, mantendrá su derecho al disfrute efectivo aún habiendo finalizado el año natural correspondiente.
En el caso de coincidir días de vacaciones con una situación de Incapacidad Temporal se distinguen dos situaciones:
1. Si la IT surge durante el disfrute de las vacaciones no genera un derecho a un nuevo periodo vacacional, teniendo el trabajador/a derecho al percibo del 100% de su salario.
2. Si la IT surge antes del disfrute de las vacaciones, éstas se disfrutarán en otra fecha a acordar entre empresa y trabajador/a, aun habiendo finalizado el año natural correspondiente.
LACTANCIA-
Las trabajadoras podrán acumular las horas de ausencia del trabajo a las que tienen derecho por lactancia de un hijo menor de nueve meses, en un periodo de 12 días laborables, pudiendo a su vez acumular éstos por decisión de la trabajadora al período de descanso por maternidad y/o vacaciones.
CONTRATACIÓN-
Las empresas en caso de tener trabajadores/as contratados a tiempo parcial, y de producirse vacantes a tiempo completo, ofertarán la posibilidad de ampliar su jornada a tiempo completo con carácter preferente a los contratados a tiempo parcial, atendiendo a la idoneidad del trabajador/a, en el desempeño de las funciones del puesto de trabajo vacante siempre a criterio de la empresa.
FORMACIÓN-
Las empresas, siempre que las necesidades productivas lo permitan, facilitarán la asistencia de los trabajadores/as a cursos de formación profesional reglada ó continua que estén relacionados directamente con su puesto de trabajo y que formen parte del currículo del certificado de profesionalidad.
La empresa considerará como trabajo efectivo hasta un máximo de 10 horas siempre que el trabajador/a realice al menos 20 horas de formación anual. Como norma general se considerarán horas efectivas a partir de la undécima hasta la vigésima hora de formación anual.
INCREMENTO SALARIAL-
El incremento para el año 2010 será del IPC real del 2009 (0,80%), para el 2011, el IPC real del año 2010, para 2012 el IPC real del año 2011.
REVISIÓN SALARIAL-
Para el año 2012, se establece una revisión salarial, con efectos retroactivos a 1 de enero de 2012, del exceso que se pudiera producir en relación al IPC real del año 2012, sobre el IPC real del año 2011.
Así mismo se han introducido textos en materia de Licencias no retribuidas, Excedencia Voluntaria, Guarda Legal, Salud Laboral y Horas Sindicales.
Te invitamos a leer el nuevo texto y comprobar que las condiciones pactadas se cumplen en tu empresa, lo importante es que lo acordado se lleve a la práctica en las empresas, en cualquier caso nos ponemos a tu disposición para aclararte las dudas que puedas tener, pasando por los locales de CC.OO. en la provincia de Huesca o por la federación en Zaragoza, o con la persona de contacto de nuestra federación en Huesca que es Edurne Sagastibeltza y puedes ponerte en contactar con ella en Jaca o llamando al teléfono de CC.OO. en Jaca, esperamos que valores el convenio positivamente y por tanto el trabajo realizado en la negociación, por parte de tu sindicato.

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